FEDER reclama que el SNS debe incluir el acceso a Fisioterapia de las personas con ER


13 May 2014 / Prensa CoFiGa / Sede COFIGA

La Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) que la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS) debe de incluir expresamente el acceso a las personas con ER para los servicios de rehabilitación y Fisioterapia.

FEDER realiza esta reivindicación tras constatar que existen una serie de prestaciones sanitarias, como la Fisioterapia, muy frecuentemente demandadas por las personas con enfermedades poco frecuentes, que actualmente no están cubiertas o financiadas de forma integral por el sistema de Seguridad Social.

La Fisioterapia ”debe de estar cubierta y financiada no solo para los supuestos en que el déficit funcional del paciente sea recuperable, sino también para aquellos pacientes en los que el déficit funcional no sea recuperable. Todo ello, claro está, cuando esté asegurado que el tratamiento rehabilitador supondrá una mejora notable de la calidad de vida de los pacientes” afirma Juan Carrión, Presidente de FEDER.

“Es necesario tener en cuenta que la gran mayoría de enfermedades raras son de carácter crónico y, por tanto, el tratamiento rehabilitador no será de carácter terapéutico, pero si preventivo puesto que en multitud de ocasiones frenará un posible empeoramiento de los síntomas de la enfermedad” declara Carrión, “Y en todo caso, para valorar si una prestación ha de estar o no financiada, el criterio no habrá de ser tan solo la recuperación total sino también la mejora en la calidad de vida de las personas.”

Desde FEDER se considera necesario que en 2014 se articulen fondos específicos que garanticen un acceso en equidad a la rehabilitación básica para los tratamientos fisioterapéuticos para el control de sistemas y mejora funcional en procesos crónicos musculo-esqueléticos.

Desde FEDER se considera absolutamente necesario e ineludible que, con carácter obligatorio, se prevean revisiones periódicas a las prestaciones contenidas en la Cartera de Servicios Comunes del SNS.

La Administración sanitaria ha de estar sometida legalmente a la obligatoriedad de tener que someter a consulta de las personas afectadas la revisión de una Cartera de servicios comunes que recoja las prestaciones que serán financiadas. Sólo de ésta forma quedará preservada la expectativa de que dichas prestaciones cumplan con las necesidades reales de las personas afectadas.

“Sin la existencia de revisiones periódicas obligatorias de la Cartera de Servicios Comunes, se produce de hecho un escenario de indefensión ya que cuando se reclama la inclusión de una determinada prestación en esta cartera la respuesta de la Administración suele ser con frecuencia dilatoria, sin que exista un plazo legal que obligue el cumplimiento de la Administración y que pueda serle exigido” afirma Carrión.

Más información:

http://enfermedades-raras.org/index.php/categoriaprueba/2850-feder-constata-que-existen-prestaciones-sanitarias-no-cubiertas-de-forma-integral-por-el-sistema-de-seguridad-social

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